Comercialización de marfiles (II): piezas talladas

Introducción

El presente artículo supone una continuación de otro ya publicado aquí con el título «Comercialización de marfiles (I) piezas sin tallar» donde planteábamos los procedimientos a seguir en caso de querer comercializar material sin tallar procedente de especies en peligro de extinción.

En esta segunda parte, la autora explica cómo debemos proceder a la comercialización de este tipo de objetos, tanto si somos particulares como profesionales de la compraventa, en caso de tener una obra de arte que esté realizada de manera total o parcial con materiales procedentes de animales incluidos en las listas de especies protegidas en vías o peligro de extinción y que pueden ir, desde un gran colmillo de marfil tallado hasta un mango de bastón o una simple peineta de carey.

bastones y peineta de carey

¿Qué debemos hacer cuando queremos vender una obra de arte realizada con material tallado procedente de especies protegidas?

A este respecto, en el artículo 2w del Reglamento CE 338/97 se habla específicamente de “especímenes que hayan sufrido una importante alteración con respecto a su estado natural bruto y que se haya convertido en joya, adorno, objeto de arte, utensilios, instrumentos musicales y que hayan sido adquiridos ya en estas condiciones”.

El objeto tallado o trabajado convertido en Obra de Arte o Antigüedad puede ser comercializado sin CITES para actividades comerciales (particulares o profesionales) siendo, sin embargo, necesario que la obra vaya acompañada del llamado Certificado de Garantía, que es un documento expedido por un experto y que certifica que la obra es anterior a la entrada en vigor del Convenio en 1947. Si queremos vender una obra de estas características tenemos dos opciones: o bien dirigirnos a la Federación de Anticuarios Españoles donde tienen un listado de aquellos profesionales agremiados que pueden expedir el certificado, o bien dirigirse a otro profesional de trayectoria reconocida y experto en la materia que pueda acreditar que la obra fue realizada con anterioridad a esta fecha. Debemos ponernos en contacto con el Gremio de Anticuarios que nos corresponda y depositar la obra en sus oficinas para su inspección. Los Gremios de Anticuarios y el SOIVRE han llegado a un acuerdo para la expedición de estos certificados. Una vez se haya redactado el informe, se entrega la obra con el documento que irá acompañado de una ficha técnica que especificará la cronología en la que fue realizada, la fotografía y el experto que lo firma. Con este documento podemos comerciar libremente con nuestro objeto sin incurrir en delito o sanción. Por el contrario, si no lo hiciéramos así, el material podría ser incautado a la espera de una sanción y multa. Por supuesto que vale la pena hacer el trámite puesto que nos ahorra muchos problemas y tiene un coste asequible, dependiendo del número de obras a documentar (unos 60€ como máximo, por una sola pieza y si se es particular). Los profesionales agremiados disponen de otras tarifas. Anticuarios y casas de subastas tienen que obrar de idéntica manera pudiendo el experto desplazarse al local comercial para realizar la inspección visual.

Comercialización fuera de nuestras fronteras

Si queremos comercializar alguna pieza de las características descritas, fuera de nuestras fronteras, este certificado de garantía deberá adjuntarse como documento a la petición del permiso de exportación -sea temporal o definitivo- ya que si intentáramos sacar la obra de España sin autorización y ésta fuera localizada por las autoridades, pasaría a ser automáticamente de propiedad estatal, perdiendo nosotros cualquier derecho sobre la misma e incurriendo además, en hechos delictivos. Por lo tanto siempre hay que pedir el permiso de exportación independientemente de la obra que se trate siempre que se ajuste a los requisitos del Ministerio de Cultura.

aduana aeropuerto

Este tema sorprendió al mercado del arte en marzo del 2011 cuando el SEPRONA intervino 111 piezas de marfil en dos casas de subastas de Barcelona por tráfico de marfil de elefantes. Se trataba de evitar el comercio ilegal de obras realizadas con material procedente de la caza furtiva y algunos particulares de buena fe, llevados por el auge de este tipo de obras, especialmente marfiles orientales, vieron cómo sus obras eran retiradas de la subastas y llevadas a las dependencias de la Guardia Civil. El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento así que debemos adquirir estas obras con factura y certificado puesto que suponen el único documento que nos acredita como legítimos propietarios de la obra y adquirientes de buena fe.

 

Comercialización de marfiles (II): piezas talladas